lunes, 12 de noviembre de 2007

Queridísimos Frater: Habemus Papam

Como en los viejos buenos tiempos, los Masones tenemos otra vez un Papa que se ocupa de nosotros en la “viña del señor”

Iván Herrera Michel. 33°

No nos corresponde pronunciarnos sobre la “fumata” mediante la cual se anunció urbe et orbi la elección del día 19 de abril del año 2005, del Sr. Joseph Ratzinger, como jefe de gobierno de la Ciudad Estado del Vaticano, y a la vez máximo dirigente espiritual de la iglesia católica romana, por considerar que es un asunto exclusivo de sus súbditos y fieles.

Sin embargo, en vista de la continua exposición que mantiene frente a la atención pública y la innegable influencia que posee la institución que dirige en muchos gobiernos y pueblos occidentales, en especial de la península ibérica e Hispanoamérica, conviene recordar el pronunciamiento que hizo el 26 de noviembre de 1983, basado en uno anterior del 17 de febrero de 1981, en contra de la Masonería, cuando en calidad de Cardenal ocupaba el cargo de Prefecto de la “Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe” (antiguo Tribunal del Santo Oficio). Documento que aún no ha sido derogado.

El texto del documento del 26 de noviembre de 1983 es el siguiente:

"Se ha presentado la pregunta de si se ha cambiado el juicio de la Iglesia respecto de la Masonería, ya que el Nuevo Código de Derecho Canónico no está mencionada expresamente como lo estaba en el Código anterior.

Esta Sagrada Congregación puede responder que dicha circunstancia es debida a un criterio de redacción seguido también en el caso de otras asociaciones que tampoco han sido mencionadas por estar comprendidas en categorías más amplias.

Por tanto, no ha cambiado el juicio negativo de la Iglesia respecto de las asociaciones Masónicas, porque sus principios siempre han sido considerados inconciliables con la doctrina de la Iglesia; en consecuencia, la afiliación a las mismas sigue prohibida por la Iglesia. Los fieles que pertenezcan a asociaciones Masónicas se hallan en estado de pecado grave, y no pueden acercarse a la santa comunión.

No entra en la competencia de las autoridades eclesiásticas locales pronunciarse sobre la naturaleza de las asociaciones Masónicas con un juicio que implique derogación de cuanto se ha establecido más arriba, según el sentido de la Declaración de esta Sagrada Congregación del 17 de febrero de 1981.

El Sumo Pontífice Juan Pablo II, en la audiencia concedida al cardenal Prefecto abajo firmante, ha aprobado esta Declaración, decidida en la reunión ordinaria de esta Sagrada Congregación, y ha mandado que se publique.

Roma, en la Sede de la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe, 26 de noviembre de 1983. Firmado Cardenal Joseph Ratzinger (prefecto) y Jean Jérôme Hamer, Arzobispo titular de Lorium (Secretario).


La Declaración de esa Sagrada Congregación del 17 de febrero de 1981, que sirvió de base a lo anterior es del siguiente tenor:

"Con fecha 19 de julio de 1974 esta Congregación escribía a algunas Conferencias Episcopales una Carta reservada sobre la interpretación del canon 2335 del código de derecho canónico, que prohibe a los católicos bajo pena de excomunión, inscribirse en las asociaciones Masónicas y otras semejantes.

Puesto que dicha carta, al hacerse de dominio público, ha dado lugar a interpretaciones erróneas y tendenciosas, esta Congregación, sin querer prejuzgar las eventuales disposiciones del nuevo código, confirma y precisa lo siguiente:

1. No ha sido modificada en modo alguno la actual disciplina canónica que permanece en todo su vigor.
2. Por lo tanto, no ha sido abrogada la excomunión ni las otras penas previstas.

3. Lo que en dicha Carta se refiere a la interpretación que se ha de dar al canon en cuestión debe ser entendido, según la intención de la Congregación, sólo como una llamada a los principios generales de la interpretación de las leyes penales para la solución de los casos de cada una de las personas que pueden estar sometidas al juicio de los Ordinarios. En cambio, no era intención de la Congregación confiar a las Conferencias Episcopales que se pronunciaran públicamente con un juicio de carácter general sobre la naturaleza de las asociaciones Masónicas que implique derogaciones de dichas normas.

Roma, Sede de la Sagrada Congregación para la Doctrina de la Fe, 17 de febrero de 1981".

De tal forma, que como en los viejos buenos tiempos, los Masones ahora tenemos otra vez un Papa que se ocupa de nosotros en la “viña del señor”.